DOF: 17/06/2025

✅ Se publicó en el #DOF el Acuerdo por el que se ordena la publicación del extracto de la Sentencia emitida el 08 de noviembre de 2023 por el Pleno de la Sala Superior del #TFJA, en el juicio contencioso administrativo 1222/19-17-11-2/73/20-PL-03-04.

⚠️ El TFJA en sesión del Pleno de la Sala Superior, reconoció la responsabilidad patrimonial del Estado mexicano por la retención ilegal y prolongada de José de la Paz Fermán Cruz, ciudadano salvadoreño, en la estación migratoria “Las Agujas” del Instituto Nacional de Migración (INM), en Ciudad de México. Se trata de un caso emblemático que vincula la materia administrativa, los derechos humanos de personas en contexto de movilidad y la aplicación del principio pro persona consagrado en el artículo 1º constitucional.

José de la Paz Fermán Cruz es un ciudadano salvadoreño que huyó de su país de origen debido a amenazas contra su vida, situación que motivó su solicitud de protección internacional en México.

Inicialmente, la autoridad desechó su solicitud por considerarla extemporánea. Sin embargo, el Pleno del TFJA determinó lo contrario: el daño derivado de la detención fue de carácter continuo, por lo que el plazo de prescripción no había transcurrido, siendo procedente el análisis de fondo.

El Tribunal acreditó los elementos esenciales de la responsabilidad patrimonial del Estado:

1. Actividad administrativa irregular, consistente en la omisión de notificar y ejecutar el acuerdo que le permitía continuar su trámite migratorio en libertad.
2. Daño moral y personal, derivado de la detención injustificada, con impacto en su integridad emocional, su ánimo y su dignidad.
3. Nexo causal directo entre la omisión de la autoridad y la afectación sufrida por el actor.

⚠️ La sentencia fue favorable y ordenó:

*La nulidad de la resolución que desechó la reclamación.
*El reconocimiento del derecho a ser indemnizado por daño moral en la cantidad de $602,013.85 M.N.
*La obligación del INM de proporcionar atención psicológica al actor, directamente o por medio de instituciones públicas o privadas.
*La orden de publicar un extracto de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, a fin de garantizar la verdad pública y la reparación integral del daño.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5760237&fecha=17/06/2025#gsc.tab=0